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Dom Mar 20, 2011 12:34 pm
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL

ORDEN AAM/29/2011, de 11 de febrero, por la que se deja sin efecto el régimen de captura en vivo de pájaros fringílidos para actividades tradicionales previsto en la Orden de 21 de julio de 1999. (Pág. 11.547)


ORDEN

AAM/29/2011, de 11 de febrero, por la que se deja sin efecto el régimen de captura en vivo de pájaros fringílidos para actividades tradicionales previsto en la Orden de 21 de julio de 1999.

La captura en vivo de pájaros fringílidos para su posterior tenencia y disfrute de sus cantos en los concursos tiene un fuerte arraigo en Cataluña y forma parte de la cultura y la tradición de muchos pueblos.

El artículo 34.3 del Decreto legislativo 2 / 2008, de 15 de abril, prevé que, excepcionalmente, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca, se podrá autorizar la captura en vivo, la tenencia y la exhibición pública de machos de pinzón (Fringilla coelebs), jilguero (Carduelis carduelis), verderón (Carduelis chloris) y pardillo (Carduelis cannabina) para actividades tradicionales destinadas a concursos de canto, siempre que dichas actividades no comporten un detrimento para las poblaciones de estas especies, y prohíbe la captura, la tenencia y la exhibición pública de hembras de las especies mencionadas.

Mediante la Orden de 21 de julio de 1999 se reguló la captura en vivo, la tenencia y la exhibición pública de pájaros fringílidos para actividades tradicionales.

La Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves salvajes, establece la prohibición de capturar las aves salvajes, pero prevé que los Estados miembros podrán introducir excepciones, si no hay otra solución satisfactoria, entre otros motivos, para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, la captura, la retención o cualquier otra explotación prudente de determinadas aves en pequeñas cantidades.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la biodiversidad, prohíbe la captura en vivo y la posesión de animales salvajes, pero también prevé que esta prohibición puede quedar sin efecto, con la autorización administrativa previa de la Comunidad Autónoma, si no hay otra solución satisfactoria y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate, en su área de distribución natural, cuando se den determinadas circunstancias. Entre estas circunstancias se menciona la de permitir en condiciones estrictamente controladas y mediante métodos selectivos la captura, la retención o cualquier otra explotación prudente de determinadas especies no incluidas en la Lista de especies en régimen de protección especial, en pequeñas cantidades y con las limitaciones necesarias para garantizar su conservación.

En consecuencia, actualmente, de acuerdo con la normativa comunitaria y básica estatal, la captura en vivo de pájaros fringílidos sólo se permite excepcionalmente cuando no hay otra solución satisfactoria.

Ante la necesidad de preservar la biodiversidad y cumplir la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre de 2009, y la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y mientras el ordenamiento catalán no regule las excepciones a la prohibición de captura y posesión de pájaros fringílidos, hay que dejar sin efecto el régimen de captura en vivo para actividades tradicionales previsto en la Orden de 21 de julio de 1999. Por esta razón, se prevé la entrada en vigor inmediata de la presente Orden.

De acuerdo con el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural el ejercicio de las atribuciones propias de la Administración de la Generalidad en el ámbito del medio natural y la biodiversidad.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

-1 Se deja sin efecto el régimen de autorización excepcional de captura en vivo de pájaros fringílidos para actividades tradicionales previsto en la Orden de 21 de julio de 1999 (DOGC núm. 2938, de 26.7.999).

-2 Mientras el ordenamiento catalán no regule las excepciones a la prohibición de captura y posesión de pájaros fringílidos, las personas que el año 2009 obtuvieron la autorización excepcional nominal para la captura en vivo, la tenencia y el exhibición pública de pájaros fringílidos para actividades tradicionales y que, como consecuencia de esta autorización, posean ejemplares machos de pinzón (Fringilla coelebs), jilguero (Carduelis carduelis), verderón (Carduelis chloris) y pardillo (Carduelis cannabina) , pueden mantener su posesión y exhibirlos en concursos de canto siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3.1 de la Orden de 21 de julio de 1999.

Disposición derogatoria

Derogación parcial de la Orden de 21 de julio de 1999

Se derogan el artículo 3, salvo las previsiones de su apartado 1 en cuanto a la tenencia y exhibición pública en concursos de canto, y los artículos 1, 2, 4, 5, 6 y 8, en su integridad, de la Orden de 21 de julio de 1999.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Barcelona, ​​11 de febrero de 2011

Josep Maria Pelegrí i Aixut

Consejero de Agricultura, Ganadería,

Pesca, Alimentación y Medio Natural

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David 87
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Dom Mar 20, 2011 1:55 pm
Vamos que no se puede capturar este año.
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Dom Mar 20, 2011 7:38 pm
Por ahora no y luego creo que tampoco jeje, asi que estamos igual.


Saludos
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Dom Mar 20, 2011 7:40 pm
joder que cabrones que son ,eso son de las cosas que no entiendo
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Dom Mar 20, 2011 7:42 pm
es mas no solo eso segun lo escrito ...si tu david te hiciste socio de la entidad este año tampoco puedes tener los pajaros solo los que tenian la licencia en el 2009.....no se aclaran ni ellos
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Dom Mar 20, 2011 7:54 pm
manel344 escribió:es mas no solo eso segun lo escrito ...si tu david te hiciste socio de la entidad este año tampoco puedes tener los pajaros solo los que tenian la licencia en el 2009.....no se aclaran ni ellos

No te entiendo lo que me quieres decir Manel . . .
Pedro Acero
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Dom Mar 20, 2011 8:53 pm
Yo si entiendo lo que dice manel y el documente, quiere decir que si tu te hiciste socio en 2010, no tienes derecho a tener ningun tipo de silvestre en cautividad, solo si eras ya socio en 2009, entonces sigues teniendo el derecho a concursar y a tener las aves.

Un Saludo
manel344
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Dom Mar 20, 2011 9:06 pm
Pedro Acero escribió:Yo si entiendo lo que dice manel y el documente, quiere decir que si tu te hiciste socio en 2010, no tienes derecho a tener ningun tipo de silvestre en cautividad, solo si eras ya socio en 2009, entonces sigues teniendo el derecho a concursar y a tener las aves.

Un Saludo
exacto pedro gracias ...ya se lo comente en el chat gracias otra vez
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Sirius
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Jue Mayo 26, 2011 5:17 pm
Sin comentario ... asco de politicos ... si yo no se pq coño vote a ciu tendria que haber puesto mentirosos... no se puede confiar en ellos... espero que la federación se mueva algo mas que el año pasado, en fin, saludos compañeros (ultimamente no he podido entrar mucho y hoy me pongo de mala leche al entrar xDDDDDD)

aludos y manter este tema vivo
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Jue Mayo 26, 2011 7:11 pm
ya ves, politiqueo asqueroso, y siempre acabamos fastidiados y perjudicados los amantes del silvestrismo, es increible los que nos pasa en cataluña
David 87
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Jue Mayo 26, 2011 7:20 pm
Hay que ir haciendose a la idea de que en Catalunya ya no se pouede capturar, lo que hay que buscar son soluciones.


salu2
Pedro Acero
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Jue Mayo 26, 2011 7:51 pm
La verdad es que os han hecho una jugada muy gorda.
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Sirius
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Vie Mayo 27, 2011 5:39 am
Lo peor de esto ... es que si en este tema nos hacen esto ..que pasara en las cosas mas importantes? en fin ...
fran
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Vie Mayo 27, 2011 4:58 pm
Politica barata de este pais en el que nos encontramos.venga prohibiciones llegara un momento que por respirar te sancinaran porque tambien como no, lo prohibiran a tomar por c..o.


Saludos
alfypunto
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Sáb Jun 11, 2011 3:57 pm
Seguro que se podra capturar este año con red, me lo han confirmado hoy el presidente de mi sociedad, la semana que viene publicaran en el tablon de mensajes la noticia oficial y los dias de inicio y final de capturas,ademas de algunas novedades, la liga no se permite ,y me ha dado una bronca fuerte sobre el tema de internet,dice que por culpa de los comentarios negativos sobre las capturas , este año se han echo muhos menos socios, por lo cual es malo para la preservacion de nuestra aficion,y tiene razon, por lo cual os pido si entrais en masforos que difundais las noticia, si no la conocen todavia.
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